Según se estable, los empleadores durante el procedimiento de inspección tendrán que exhibir en un lugar visible de su establecimiento, así como presentar al funcionario del IVSS los siguientes documentos:
1.- La Forma 14-01 (cédula del patrono o empresa) o registro en el sistema de gestión y autoliquidación de empresas Tiuna, debidamente recibida y sellada por la respectiva oficina administrativa.
2.- La Forma 14-02 (registro de asegurado) debidamente recibida y sellada por la respectiva oficina administrativa o constancia de Registro del Trabajador emitido por el sistema de gestión y autoliquidación de empresas Tiuna.
3.- Presentar la forma 14-03 (participación de retiro del trabajador)
4.- La Forma 14-133 (convenio de pagos)
5.- Las tres últimas órdenes de pago emitidas por el IVSS, junto a los respectivos depósitos bancarios por medio de los cuales fueron pagadas.
6.- La nómina de trabajadores que contenga la siguiente información: nombres y apellidos, número de cédula de identidad, cargo, salario, fecha de ingreso.
7.- Declaración trimestral de trabajadores ante el Ministerio de Trabajo de los tres últimos años de ejercicio fiscal.
8.- Copia de declaración del Impuesto sobre la Renta de los tres últimos ejercicios fiscales.
9.- Acta constitutiva, más últimas actas de asablea de modificaciones estatututarias.
10.- Registro patronal de asegurados, con la siguiente información: nombres, apellidos y dirección; número de registro en el Seguro Social; fecha de ingreso; salario diario, semanal o mensual; ocupación; cotización semanal del trabajador; fecha de retiro y cualquier otro dato que estime de interés el IVSS. El patro está obligado a conservar durante cinco años esta documentación.
11.- Estados financieros de los tres últimos ejercicios fiscales y libros contables.
12.- Cualquier documento en el que conste el cese de actividades (si fuese el caso).
13.- Copias de los recibos de pago de los trabajadores.
14.- Copia del último recibo de pago de un servicio básico.
15.- Contrato de arrendamiento (si fuera el caso).
16.- Copia de la Cédula de Identidad del empleador o apoderado.
17.- En caso de empresas del Estado deberán consignar además nómina de jubilados, formulación presupuestaria de la Partida 401 (gastos del personal).
Quienes incumplan con las obligaciones dispuestas serán objeto a sanciones.
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