lunes, 28 de septiembre de 2009

Medidas de regulación de alquileres

El principio universal que rige toda contratación implica que las partes pueden establecer reglas de juego libremente, siempre y cuando éstas no atenten contra derechos de terceros ni contra las leyes en general.
Datos importantes
Históricamente han existido circunstancias que han desequilibrado sustancialmente diversos grupos sociales. Ejemplo de ello lo constituyen las diversas guerras suscitadas alrededor del mundo. Similares desequilibrios surgieron a raíz de desastres naturales y marcadas crisis económicas.

En su momento, tales situaciones de hecho justificaron el intervencionismo de estado, afectando el principio de la libre contratación entre los particulares. Con ello el Estado buscaba, mediante normativas originariamente de índole temporal, regular el comportamiento de las relaciones contractuales entre particulares, buscando equilibrar la balanza.
Pero, toda crisis genera grupos favorecidos y desfavorecidos.

Existen reglas estrictas para las transacciones inmobiliarias
Había que brindar protección a los segundos, mientras las cosas volvían a la normalidad.

Realidad
Lo que ocurre es que las crisis se superan y las normas temporales permanecen en plena vigencia, distorsionando mercados y pasando de ser disposiciones normativas que buscaban proteger a débiles jurídicos a ser todo lo contrario.

En efecto, mientras perduren regulaciones que afecten la libre contratación tales como la regulación de alquileres, menos inversionistas estarán interesados en construir inmuebles para alquiler y, en consecuencia, menos propietarios de inmuebles mostrarán interés en alquilarlos. Seguramente estos últimos preferirán vender.

Medidas regulatorias
La Regulación de Alquileres lejos de debilitarse toma fuerza y pareciera que tiene serias intenciones de quedarse a perpetuidad. Esta figura ha existido desde hace muchos años, y actualmente se aplica en diversos países. En Venezuela las relaciones arrendaticias han padecido el intervencionismo estatal desde remotas épocas. Así continuará, haciendo poco atractiva la inversión en este sector que más bien requiere de medidas de profunda sensibilidad y al tiempo de marcado valor político, que permitan reunir condiciones que seduzcan al inversionista y, en consecuencia, con el paso del tiempo logren ciudades plenas de inmuebles listos para competir en un mercado arrendaticio libre, que estimule la demanda digna y la oferta justa. Así sea…
Con información de Francisco José Grullón Larrazábal
Fuente:
Cámara Inmobiliaria de Venezuela. Fundada en 1966.
Cámara Inmobiliaria Metropolitana. Fundada en 2002.
Foto Cheo Pacheco: La búsqueda de vivienda es ardua en Caracas.

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